La República 16 Septiembre 2012
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SENTENCIAS
TC ratifica resoluciones de Suprema Corte
  • Activo. El Tribunal Constitucional ha emitido varias sentencias en los últimos días.
Wanda Méndez
Santo Domingo

El Tribunal Constitucional rechazó sendos recursos de revisión constitucional y de suspensión de ejecución de sentencia sometidos contra resoluciones dictadas por la Suprema Corte de Justicia (SCJ), por entender que aplicó correctamente la ley al declarar inadmisible y perenne dos instancias de casación.

El recurso de revisión constitucional fue sometido por el señor Ernesto Vladimir Mencía Capellán, el 17 de febrero del 2012, en contra de la resolución número 3441-2011, dictada por la Segunda Sala de la SCJ, el 14 de noviembre del 2011, que declaró inadmisible un recurso de casación.

Mientras que el recurso de ejecución de sentencia fue incoado por el señor Juan Ramón Brea, el 2 de mayo del 2012, contra la resolución número 3077, dictada por la Primera Sala de la SCJ, el 29 de noviembre del 2011, que declaró la perención (fuera de plazo) del recurso de casación que interpuso.

La solicitud de suspensión de ejecución de esa sentencia de la SCJ tenía el propósito de evitar que al empresario Brea le sean embargados sus bienes, a propósito de una demanda en cobro de pesos. El TC argumentó que lo rechaza toda vez que la ejecución de esa sentencia se refiere a una condena de carácter puramente económico, que sólo genera en el demandante la obligación de pagar una suma de dinero, y que en el caso de que la sentencia sea revocada la cantidad económica y sus intereses podrán ser subsanados.

Con relación al recurso de revisión constitucional sometido por el señor Mencía Capellán, el TC estableció que la sentencia del tribunal de segundo grado que fue recurrida en casación tampoco adolece de los vicios invocados por el recurrente.

Mencía Capellán interpuso el recurso de revisión Constitucional por entender que le fueron violados sus derechos fundamentales, especialmente el de igualdad y de defensa, ya que alegaba que había cumplido con la obligación por la cual fue demandado. Pidió al TC que anule la resolución de la SCJ, al considerar que había suficientes motivos para que admita el recurso de casación, contra un fallo de la corte de apelación que argumenta le violó el derecho de defensa.

Una jurisprudencia
En su sentencia, el TC observó que a la fecha en que se sometió el recurso de revisión a ese tribunal, no había sido notificado al recurrido, pese a que el plazo para hacerlo era de cinco días, según el artículo 54.2 de la ley 137-11.

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